En el contrato de seguro, las compañías suelen incluir cláusulas que excluyen ciertos siniestros de la cobertura. Sin embargo, cuando estas disposiciones afectan el espíritu protector del seguro obligatorio y vulneran derechos de las víctimas, los tribunales pueden declararlas abusivas y, por lo tanto, inválidas.
El caso reciente
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán en un fallo dictado en el año 2024 confirmó la condena a una aseguradora que había rechazado cubrir un accidente fatal basándose en una cláusula que excluía siniestros donde participaran parientes por afinidad hasta el tercer grado.
El tribunal entendió que:
- No existía fraude ni connivencia entre la víctima y el asegurado.
- La exclusión desnaturalizaba la finalidad tuitiva del seguro obligatorio previsto por el art. 68 de la Ley 24.449, que busca garantizar la reparación de daños a todas las víctimas de accidentes de tránsito.
- La cláusula vulneraba el art. 37 de la Ley de Defensa del Consumidor, al generar un desequilibrio injustificado en perjuicio del asegurado y de terceros.
¿Qué significa para usted?
Si una aseguradora le niega cobertura invocando una exclusión que:
- No tiene fundamento técnico razonable,
- Contradice el objetivo de proteger a las víctimas, o
- Afecta su derecho a una reparación integral,
es posible impugnarla judicialmente y exigir la indemnización completa.
Cómo defendemos su caso
- Análisis jurídico de la póliza: detectamos cláusulas que puedan ser declaradas abusivas.
- Impugnación de exclusiones inválidas ante tribunales.
¿Su aseguradora le negó la cobertura?
No acepte una negativa sin consultar. Contáctenos hoy mismo para que evaluemos su caso y defendamos su derecho a ser indemnizado.

